NOTA FISCAL. | Vol. 11

NOTAS FISCALES
Coparmex Costa de Chiapas


28 julio de 2025 | Vol. 11
SAT desmiente eliminación de la Constancia de Situación Fiscal (CSF).
SAT aclara: No se elimina la Constancia de Situación Fiscal
Ante la circulación de noticias falsas en algunos medios de comunicación y redes sociales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una tarjeta informativa para desmentir categóricamente los rumores sobre la supuesta eliminación o sustitución de la Constancia de Situación Fiscal (CSF).
La autoridad tributaria aclaró que no existe ningún nuevo documento que sustituya a la CSF, ya que esta sigue siendo un elemento clave para que el contribuyente consulte sus datos registrados en el RFC. De hecho, su eliminación no está contemplada por el SAT.
Entre los datos que contiene la CSF se encuentran:
- La Cédula de Identificación Fiscal (CIF) con código QR,
- CURP,
- Nombre completo del contribuyente.
- Domicilio fiscal registrado.
- Régimen fiscal y obligaciones fiscales.
Además, el SAT recordó que el trámite para obtener la CSF es sencillo y puede realizarse tanto en línea como de forma presencial en cualquiera de las 162 oficinas del país.
Por otra parte, se señaló que la Cédula de Datos Fiscales (CDF) —creada en 2023— es un documento complementario que no reemplaza a la CSF. Esta cédula contiene información básica como nombre, código postal y régimen fiscal, y se puede obtener desde el portal del SAT.
Finalmente, el SAT reiteró que ninguna persona física o moral puede condicionar la emisión de facturas a la entrega de la CSF, CIF o CDF, pues esto constituye una práctica indebida. El organismo hace un llamado a los contribuyentes para que se informen por canales oficiales y no se dejen llevar por desinformación que puede afectar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Cámara de Diputados aprobó la reforma a la LFPIORPI.
Cámara de Diputados aprobó la reforma a la LFPIORPI. Entró en vigor el 02 de julio de 2025
La Cámara de Diputados ha aprobado de forma oficial la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), misma que entra en vigor este 2 de julio de 2025. La reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y representa un avance significativo en el fortalecimiento del marco legal contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

Esta modificación impone nuevas obligaciones y medidas a los llamados sujetos obligados, como notarios, corredores públicos, instituciones financieras, contadores, despachos legales y otros prestadores de servicios. También fortalece la cooperación institucional entre entidades nacionales e internacionales, como la SHCP, la UIF, Guardia Nacional y organismos extranjeros.
Principales cambios en la reforma:
1. Resguardo documental por 10 años
Se duplica el tiempo en que los sujetos obligados deberán conservar la información relacionada con Actividades Vulnerables: de 5 a 10 años.
2. Identificación del Beneficiario Controlador
Se vuelve obligatoria la identificación del beneficiario final en todas las actividades vulnerables. Las personas morales deberán contar con documentación que permita comprobar la titularidad real de los recursos involucrados.
3. Personas Políticamente Expuestas (PEP)
Se incorpora la definición legal de PEP, imponiendo medidas reforzadas de monitoreo y controles internos específicos para su identificación y seguimiento.
4. Enfoque basado en riesgo y monitoreo automatizado
Los sujetos obligados deberán implementar un sistema de evaluación de riesgos y tecnología para monitoreo en tiempo real, enfocados a detectar operaciones inusuales o sospechosas.
5. Aviso de 24 horas en caso de sospecha
Si existe sospecha de operaciones con recursos ilícitos, el aviso deberá presentarse dentro de las 24 horas siguientes, incluso si la operación no se concretó.
6. Presentación de informes sin operaciones
Se equipara la omisión de reportes con sanciones similares a no cumplir con otras obligaciones.
7. Sistemas de gestión de riesgos obligatorios
Tecnología y automatización se vuelven obligatorios para detectar desviaciones en los perfiles transaccionales de los clientes, con atención especial a operaciones de alto riesgo y PEP.
8. Capacitación anual obligatoria
Todos los sujetos obligados deberán ofrecer capacitación anual al órgano de administración, personal directivo, encargado de cumplimiento y personal en contacto directo con el cliente.
9. Manual de políticas internas
Deberá elaborarse un documento oficial que describa los procedimientos y medidas para el cumplimiento de la LFPIORPI, alineado a la nueva regulación.
10. Auditorías obligatorias
Se institucionaliza la práctica de auditorías internas o externas, en función del nivel de riesgo. Estas auditorías serán evaluadas conforme a criterios emitidos por la Secretaría de Hacienda.
11. Nuevas reglas para notarios y corredores públicos
Se endurecen los requisitos en materia de identificación del beneficiario controlador, incluyendo:
- Protocolizaciones de actos u operaciones (no solo compraventas).
- Modificaciones patrimoniales, fusión, escisión o compraventa de acciones y partes sociales.
- Constitución o modificación de fideicomisos sobre inmuebles.
- Además, se reducen los umbrales de aviso:
- De 16,000 a 8,000 UMAS en transmisiones o constitución de derechos sobre inmuebles.
- De 8,025 a 4,000 UMAS en fideicomisos traslativos de dominio o de garantía.
12. Fortalecimiento de sanciones
Se endurecen las sanciones penales y administrativas. Se podrán revocar permisos y sancionar a prestanombres, así como a quienes participen como cómplices en operaciones ilícitas.
13. Cooperación nacional e internacional
La reforma establece una estrategia integral con coordinación entre autoridades nacionales y organismos internacionales, consolidando el enfoque preventivo del Estado mexicano.
SAT facilita regularización fiscal con beneficios y pago en parcialidades.
SAT facilita la regularización fiscal con beneficios y pago en parcialidades.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene vigente el Programa de Regularización Fiscal 2025, una oportunidad única para que personas físicas y morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos pongan al día su situación fiscal con amplios beneficios y facilidades de pago.
¿A quién va dirigido?
El programa está disponible para contribuyentes que:
- No hayan recibido condonaciones en programas anteriores (2000, 2007 y 2013).
- No cuenten con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
- No figuren en los listados del artículo 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Principales beneficios:
- Reducción del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución, incluso en casos con agravantes.
- Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.
- Pago hasta en seis parcialidades para créditos fiscales firmes y no impugnados.
Para acceder al pago en parcialidades, se deben cumplir condiciones como:
- No estar en concurso mercantil ni haber sido declarados en quiebra.
- Pagar puntualmente conforme a la línea de captura.
- Aceptar el crédito fiscal sin impugnaciones (en caso de impugnar, se pierde el beneficio).
También se otorgan descuentos del 100% en multas y recargos en el caso de contribuciones omitidas, directamente desde el formulario correspondiente en el portal del SAT.
¿Cómo acceder?
Las personas interesadas pueden presentar su solicitud a través de:
- Portal del SAT – caso de aclaración
- Cita presencial en oficinas del SAT
- Oficina Virtual
- Línea MarcaSAT: 55 627 22 728 (opción 9 y luego opción 3)
- Chat uno a uno
- OrientaSAT
Una vez validada la solicitud, el SAT enviará la línea de captura correspondiente para efectuar el pago.
Con esta estrategia, el SAT reafirma su compromiso de ofrecer herramientas accesibles y eficientes para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, promoviendo una cultura contributiva sólida y transparente.
